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Otro caso policial que sacude a Quines y a toda la región

Un hombre fue imputado por abusar sexualmente de sus hijas cuando tenían 9 y 11 años. La denuncia la efectuó la madre de las niñas. Mientras avanza la investigación, al acusado seguirá en libertad. 

Por redacción
| Hace 23 horas

El norte puntano está conmovido por dos hechos policiales. El primero motivo es el brutal asesinato de Carlos Pabón Salgueiro, alias “El Colombiano”, que fue ejecutado de un tiro en la nuca y arrojado en un canal. El segundo caso en un caso de abuso sexual a dos niñas y          que comenzó a ventilarse en la justicia.

 

 

Un hombre de la localidad fue imputado esta semana por presuntos delitos contra la integridad sexual de dos niñas y por el incumplimiento de una orden judicial y no obstante la gravedad de las acusaciones contrariamente a un planteo de la Defensoría de Menores, se le permitió continuar en libertad.

 

 

La Fiscalía de Género Nº 1 lleva adelante la investigación a partir de las denuncias efectuadas por las madres de las niñas.

 

 

Prensa del Poder Judicial consignó que durante una audiencia realizada este martes, la fiscal Delia Bringas –junto a la fiscal adjunta Marisol Boschi- formuló cargos contra el imputado por “abuso sexual simple, abuso sexual gravemente ultrajante e incumplimiento de una orden judicial, todo en concurso real”. Por su parte la jueza de Garantía Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, Agustina Dopazo Samper, tuvo por formulados los cargos bajo esa calificación provisoria.

 

 

La magistrada mantuvo las restricciones de acercamiento y contacto que ya se encontraban vigentes y dispuso, además y de acuerdo a lo requerido por el Ministerio Público Fiscal, la firma periódica del libro de imputados y la prohibición de salir de la provincia por 90 días. 

 

 

La Defensoría de Niñez y Adolescencia y la querella solicitaron medidas de coerción más gravosas, sin embargo, la magistrada consideró que, en esta etapa de la investigación, las medidas requeridas por la fiscalía eran suficientes para cautelar los riesgos procesales y resguardar a las niñas.

 

 

Lo que investiga Fiscalía de Género

 

Según lo expuesto en la audiencia, una de las niñas habría atravesado distintos episodios cuando tenía entre 9 y 11 años y concurría a visitar a su padre. La Fiscalía sostuvo que, en esas circunstancias, el imputado habría tenido hacia ella insinuaciones lascivas y otras conductas de contenido sexual. También señaló que la habría amenazado para que no contara lo sucedido.

 

 

La investigación respecto de la segunda niña se inició a partir de una denuncia realizada en mayo de este año. De acuerdo con la Fiscalía, la niña, que tenía 9 años, vivía junto a su familia en una unidad habitacional ubicada en el mismo inmueble donde residía el imputado, aunque en espacios separados.

 

 

La menor concurría habitualmente al lugar donde se encontraba el hombre para buscar agua. En esas oportunidades, el imputado habría realizado tocamientos y otras conductas de contenido sexual. La Fiscalía sostuvo además que se habría valido de distintas situaciones cotidianas para acercarse a la niña y que la habría intimidado para que no contara lo ocurrido.

 

 

Ambas niñas se conocían y, según explicó el Ministerio Público Fiscal, compartieron entre ellas las situaciones que presuntamente habían atravesado.

 

 

La evidencia presentada

 

Para sostener la formulación de cargos, la Fiscalía enumeró las denuncias y entrevistas de las madres de las niñas, actuaciones policiales, informes psicológicos, registros fotográficos y planimétricos y los testimonios obtenidos mediante Cámara Gesell.

 

 

La fiscal señaló que los informes de las entrevistas realizadas mediante ese dispositivo consignaron indicadores de credibilidad narrativa en los relatos de ambas niñas. También mencionó informes psicológicos que registraron manifestaciones de miedo, ansiedad e hipervigilancia.

 

 

Entre las evidencias incorporadas, la Fiscalía hizo referencia además a una conversación extraída de un teléfono por el Departamento de Investigación de Delitos Complejos y al testimonio de una vecina.

 

 

Por otra parte, informó que existe una medida de restricción de acercamiento dispuesta por el Juzgado de Familia Nº 1. En agosto de este año, la madre de una de las niñas denunció un encuentro entre su hija y el imputado que habría implicado un incumplimiento de esa orden judicial.

 

 

La Fiscalía indicó que todavía resta incorporar a la investigación informes psicológicos actualizados y una pericia psicológica al imputado.

 

 

Posición y planteos de la defensa

 

Daniel Macías y José Macías, defensores del imputado, cuestionaron distintos aspectos de la formulación de cargos y sostuvieron que la descripción de algunos de los hechos no precisaba suficientemente circunstancias de tiempo, modo y lugar.

 

 

También hicieron observaciones respecto de los informes elaborados a partir de las Cámaras Gesell. Ante una consulta de la jueza, la defensa señaló que por el momento no contaba con otro informe pericial que respaldara esos cuestionamientos y anticipó que plantearía sus objeciones durante el avance de la investigación.

 

 

En cuanto al incumplimiento de la orden judicial, los defensores cuestionaron la precisión de las circunstancias en las que presuntamente se habría producido. Asimismo, se opusieron a la medida privativa de la libertad solicitada por la Defensoría de Niñez y la querella. Señalaron que el imputado se presentó cada vez que fue convocado y que parte de la evidencia central de la investigación ya había sido producida.

 

 

La resolución de la jueza

 

Dopazo Samper tuvo por formulados los cargos bajo la calificación provisoria propuesta por la Fiscalía: abuso sexual simple respecto de una de las niñas, abuso sexual gravemente ultrajante respecto de la otra e incumplimiento de una orden judicial, todo en concurso real.

 

 

La magistrada no hizo lugar, por el momento, a los agravantes planteados por la Defensoría de Niñez. Respecto de la guarda accidental, consideró que en esta instancia no existen elementos suficientes para sostener que el imputado hubiera quedado a cargo del cuidado de una de las niñas. Sobre el agravante basado en una convivencia preexistente, señaló que de lo expuesto en la audiencia surgía que las viviendas estaban separadas, por lo que entendió que esa circunstancia tampoco se encontraba acreditada en esta etapa.

 

 

En relación con las medidas de coerción, la jueza tuvo en cuenta que ya existen restricciones de acercamiento y contacto destinadas a proteger a las niñas y su grupo familiar y que ambas prestaron declaración mediante Cámara Gesell.

 

 

Por ello, mantuvo las restricciones vigentes y dispuso la firma periódica del libro de imputados y la prohibición de salir de la provincia por 90 días. De esta manera, no hizo lugar a las medidas privativas de la libertad solicitadas por la Defensoría de Niñez y la querella.

 

 

Finalmente, Dopazo Samper advirtió al imputado sobre la obligación de cumplir estrictamente las medidas dispuestas y explicó que un eventual incumplimiento podría dar lugar a una nueva audiencia para revisar y modificar las medidas de coerción.

 

 

Fuente: Prensa del Poder Judicial 

 

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