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Pedirán la revisión de la autopsia a Johana Escudero

La familia de la joven mamá hallada muerta en el baño de su vivienda en Villa Mercedes logró que se reabra la investigación. Pedirán que se recepciones más testimonios.

Por redacción
| Hace 16 horas

La familia de Johana Escudero, de 36 años, sigue aferrada a la hipótesis de que su muerte no fue consecuencia de un suicido. Todo lo contrario, sospechan que fue asesinada y pese a que ya se ordenó el archivo de la causa, una jueza ordenó que se reabra la investigación en base a las medidas que solicite la querella,

 

Este lunes, en una audiencia que se extendió por más de cuatro horas y que fue presidida por la titular del Juzgado de Garantía N° 3, Natalia Pereyra Cardini, el abogado Alberto Mariani, volvió a plantear la teoría del femicidio. Tras escuchar a las partes, se impuso la reapertura de la investigación, pero la Justicia dispuso que será esa parte – la Querella –  la encargada de impulsar el proceso penal, mediante la acción privada, atento lo dispuesto en el Código Procesal Penal de San Luis.

 

Johana Pamela Escudero apareció colgada en el baño de su casa en el barrio 100 Viviendas, en Villa Mercedes, el lunes 19 de enero del 2026.

 

Sus hijos, de 14 y 5 años, la encontraron y salieron a la calle a pedir ayuda.

 

Desde un primer momento su familia y amigos rechazaron la teoría del suicidio, aferrándose a los antecedentes de amenazas y violencia de su expareja Lucas Gatica.

 

“El archivo de la causa”

 

 

Prensa del Poder Judicial recordó que el pasado 26 de febrero se dispuso, “atento no existir la configuración de un delito”, el archivo de la causa donde se investigó la muerte de Johana Escudero.

 

Posteriormente, el 31 de marzo, esa resolución fue confirmada en una instancia superior por el Fiscal de Juicio.

 

En la extensa audiencia, las representantes del Ministerio Público Fiscal que intervinieron de manera conjunta en la causa – Nayla Cabrera Muñoz   – Fiscal de Género- y Gisela Milstein  – Fiscal de Instrucción Nº 5 – repasaron minuciosamente todas las circunstancias fácticas, y el cúmulo de evidencias que permitieron arribar a “la conclusión de que la muerte de la señorita Escudero  fue producto de una lesión auto inflingida, sin intervención de terceros”.

 

Seguidamente, la Querella expuso su teoría del caso. Refirió circunstancias personales de Johana, planteó la posibilidad de que se trató de un homicidio y entre otras cuestiones, adelantó que solicitarían la revisión de la autopsia. Asimismo, refirió una línea de tiempo distinta a la señalada por el Ministerio Público Fiscal y entre otras cuestiones planteó la necesidad de recepcionar nuevos testimonios, de realizar una reconstrucción del hecho y nuevas pericias.

 

Por su parte, en representación del esposo de Johana Escudero -si bien no se encuentra imputado en la causa- tomó la palabra Bautista Rivadera, quien adhirió en todo a lo manifestado por el Ministerio Público Fiscal. Citó además lo resuelto por el Fiscal de Juicio en fecha 31 de marzo, cuando se confirmó el archivo de la causa oportunamente resuelto por las Fiscales intervinientes. Aseguró que su asistido también es víctima de la situación.

 

Bajo el impulso de la acción privada

 

Luego de escuchar a las partes, la Jueza destacó, en primer lugar y atento algunas cuestiones ventiladas durante la audiencia, la necesidad de resguardar a los hijos de Johana de todo eventual revictimización. 

 

Se refirió también al control de legalidad que deben ejercer los Jueces de Garantía y destacó que durante la audiencia el Ministerio Público Fiscal dio sobradas razones, técnicas y fácticas, por las cuales resolvieron el archivo de la causa.

 

Asimismo, mencionó lo dispuesto en el Art. 55 del Código Procesal Penal en cuanto a los derechos de la víctima, y en este caso, a los de la familia de Johana. En ese sentido dispuso que el impulso de la causa continuará exclusivamente mediante la acción privada, es decir, mediante los requerimientos que realice el abogado que representa a la querella.

 

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