Aceptó las disculpas de su agresor: “Sé que te está esperando tu hija y familia, ya está"
Lautaro Andino perdonó a Joel Fernández, uno de los integrantes del grupo que lo atacó y baleó por la espalda en un barrio de San Luis. Pese al arrepentimiento, el imputado fue condenado a 3 años en prisión en suspenso.
Con un pedido de disculpas aceptado y un fuerte apretón de manos, Lautaro Andino y Joel Fernández le pusieron punto final a un serio conflicto vecinal que en el 2025 ocurrió en la puerta de uno de los monoblocks del barrio AMEP, de la ciudad de San Luis.
“Acepto tus disculpas hermano, sé que te está esperando tu hija y tu familia, ya está”. De esta forma, Lautaro Andino cerró y le dio una vuelta de hoja a la situación que se desencadenó en la noche del 16 de julio, ocasión en la que en medio de una gresca sufrió un disparo por la espalda.
De acuerdo con la teoría del caso de la fiscal de Instrucción N° 5, Débora Roy Gitto, en medio del tumulto, Fernández extrajo un arma de fuego y le disparó a Andino. Debido a la ubicación de la bala y al riesgo que implicaba una intervención quirúrgica, los profesionales del Hospital Central “Dr. Ramón Carrillo” resolvieron no extraer el proyectil. Si bien estuvo en riesgo su vida, Andino logró recuperarse.
La investigación también determinó que la madre y la hermana de Andino fueron amenazadas cuando acudieron en su auxilio tras escuchar los gritos durante el ataque.
Por este hecho, Fernández fue imputado por el delito de lesiones graves agravadas por el uso de arma de fuego y este miércoles fue condenado a tres años de prisión en suspenso luego de que la Fiscalía y la defensa arribaran a un acuerdo de juicio abreviado. La presentación contó con el consentimiento de la parte damnificada. La causa también tiene otra persona condenada.
Antes de pasar a resolver, el juez Juan Manuel Montiveros Chada le cedió la palabra a Fernández, quien se levantó de su silla y dirigiéndose a Fernández y a su familia pidió disculpas por todo lo sucedido.
Y luego, la víctima e imputado se estrecharon la mano, y pusieron fin a una audiencia marcada no solo por la resolución judicial, sino también por un acto de reconocimiento del daño causado y de reconciliación entre las partes.
La palabra del juez
Al homologar el acuerdo de juicio abreviado, el juez de Garantía consideró que la prueba reunida por las partes era suficiente para tener por acreditado el hecho ocurrido en julio de 2025 y la responsabilidad penal de Fernández.
Señaló que durante la audiencia se explicó de manera clara la evidencia que sustentaba la acusación, entre ella las pericias médicas y los informes de Criminalística, incluidos los análisis sobre restos compatibles con un disparo de arma de fuego.
Montiveros Chada también fundamentó la decisión de imponer una pena de ejecución condicional. Recordó que el Código Penal establece que la regla general es el cumplimiento efectivo de la condena y que, cuando se dispone una pena en suspenso, los jueces deben justificar expresamente esa decisión.
En este caso, consideró determinantes la falta de antecedentes penales del imputado, su edad, su conducta anterior al hecho y la actitud demostrada durante la audiencia, especialmente el reconocimiento de lo ocurrido y el proceso de reparación impulsado entre las partes.
Si bien aclaró que el juicio abreviado no constituye una salida alternativa al proceso sino una condena penal, el juez destacó la importancia del componente restaurativo evidenciado durante la audiencia y sostuvo que una pena de tres años de prisión en suspenso resultaba suficiente tanto para sancionar el hecho como para transmitir un mensaje de prevención a la sociedad.
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